Con
número de carpeta fiscal 1106034500-152-2016 del segundo despacho de investigación
del ministerio público provincial penal corporativa de Mala, se abrió investigación
preliminar en agravio del estado, procuraduría del poder judicial y
municipalidad de Mala, a los implicados por el delito de encubrimiento real y omisión
de denuncia contra el alcalde del distrito de Mala Rosalí Palermo Figueroa Gutiérrez
y los regidores Susana Avalos Camacho, Cesar Quispe Espinoza, Jessenia Flores Flores,
Y José Luis Arias Huapaya, de parte del ciudadano Feliciano Maldonado Astuvilca
ANTESEDENTES
En
fecha 22 de octubre del 2015 se advirtió que el informe 586-2015-GAL/MDM se apreció
una grosera manipulación en su texto resultando que la misma sesión participo
en calidad de secretario general el propio asesor legal que suscribió el cuestionado informe
quien negó que la firma que aparece en dicho documento sea la de él, por lo que
los regidores en sus atribuciones pidieron que la procuraduría iniciara su
denuncia ante las autoridades competentes, no obstante se formó una comisión
especial de procesos administrativos disciplinarios , significando que el 29 de
diciembre del 2015 presentaron el informe final sin mérito y relevancia,
posteriormente en sesión de concejo del 15 de enero del 2016 el regidor Ivis
Onairam Bartolo
solicito se derive el informe final la procuraduría pública municipal a efectos
de que se formule las denuncias correspondientes, significando que al ser
sometida a votación se obtuvo 3 votos para que se deriven los actuados a la procuraduría
publica para que formulen las denuncias correspondientes contra cuatro votos en contra para que no se
haga ninguna denuncia lo cual configura una actitud dolosa por parte de los
denunciados de encubrir los hechos y omitir la denuncia penal correspondiente
teniendo en cuenta la falsificación evidente según informe 586-2015-GAL/MDM siendo
los responsables el alcalde y sus cuatro regidores, por lo tanto la fiscalía ordeno
recabar las declaraciones de cada uno de los implicados pericias y demás pertinente,
como es de conocimiento público todo esto tras la pretensión de querer aprobar
el convenio marco con una empresa para
la construcción del nuevo mercado san pedro de mala, empresa por su puesto con
poca experiencia y con seis meses de creación quienes se beneficiarían con más
de 40 millones de soles que saldrían de las arcas de los propios comerciantes
del mercado de Mala, para ello mutilaron o adicionaron un párrafo de un informe
del asesor legal en ese entonces Fernando Salazar laurentes quine en sesión de
concejo negó haber firmado el informe que tenían en manos los regidores para la
aprobación de dicho convenio.
Ahora
todo queda en manos del ministerio público, funcionarios alcalde y regidores tendrán
que desfilar a rendir sus declaraciones y demostrar su inocencia, el porqué de
su parcialidad en no querer denunciar esta irregularidad, un hecho que desde
todo punto de vista está tipificado en el código penal.
“Artículo 405.- Encubrimiento real El que dificulta la acción de
la justicia procurando la desaparición de las huellas o prueba del delito u
ocultando los efectos del mismo, será reprimido con pena privativa de libertad
no menor de dos ni mayor de cuatro años. Si el hecho se comete respecto a los
delitos previstos en los artículos 152 al 153 A, 200, 273 al 279-D, 296 al 298,
315, 317, 318- A, 325 al 333; 346 al 350 o en el Decreto Ley Nº 25475
(Establecen la penalidad para los delitos de terrorismo o los procedimientos
para la investigación, la instrucción y el juicio), la pena privativa de
libertad será no menor de siete ni mayor de diez años y de ciento ochenta a
trescientos sesenta y cinco días multa
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