Feriado del 2 de enero Quiénes podrán disfrutarlo

Feriado del 2 de enero: ¿Quiénes podrán disfrutarlo?

No todos los trabajadores gozarán del feriado no laborable del 2 de enero. Conoce si tú eres uno de ellos

El 2 de enero del 2015 fue declarado día no laborable a través de un decreto supremo     (N° 073-2014) firmado por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM). ¿Todos podrán disfrutarlo? Según la normativa, no.
De acuerdo a la disposición, hay posiciones que no pueden dejar de laborar y, por tanto, trabajarán con normalidad y no recibirán ningún monto extra por el feriado del 2 de enero.
Así, los colaboradores empleados en servicios a la comunidad (hoteles y hospedajes), servicios mínimos (vinculados a labores indispensables de seguridad, conservación de bienes) y otros servicios indispensables (actividades sanitarias, comunicaciones, entre otros) deberán laborar el feriado del 2 de enero. 
De otro lado, los trabajadores del sector público y privado sí están afectos al feriado, pero deberán recuperar las horas de esa jornada en mutuo acuerdo con su empleador.
Feriado del 2 de enero: ¿Quiénes podrán disfrutarlo?
Pese a que no todos descansarán en el feriado del 2 de enero, ya hay gremios empresariales que se han pronunciado en contra de la medida. Así, si bien la intención es fomentar el turismo interno -y por lo tanto, mayor comercio-, según estimados de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) se perderán unos US$400 millones por ese día no trabajado.
Fuente el comercio

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